La Rioja aprueba un nuevo Decreto regulador de procesos electorales en federaciones deportivas que fija la celebración de estos en los años olímpicos
La novedad es la vocación de continuidad en el tiempo para garantizar un marco democrático y representativo en estas elecciones, en lugar del procedimiento habitual hasta ahora de elaborar un decreto concreto para cada año electoral
El Consejo de Gobierno ha acordado la aprobación del Decreto Regulador de los procesos electorales de las federaciones deportivas de La Rioja, cuya próxima entrada en vigor supondrá el establecimiento del marco normativo para que las diferentes federaciones desarrollen a lo largo del año sus elecciones internas. Esta aprobación pone fin a un trámite iniciado el pasado mes de octubre y dilatado en su tramo final a causa de la epidemia del coronavirus, y que desarrolla lo establecido en la Ley 1/2015 de 23 de marzo, del ejercicio físico y del deporte en La Rioja donde se dispone que los miembros de las Asambleas Generales y los presidentes de las mismas serán elegidos coincidiendo con los años olímpicos, mediante sufragio personal libre, directo y secreto por y entre los componentes de cada uno de sus estamentos, cada cuatro años.
La principal novedad de este nuevo Decreto es su vocación de continuidad en el tiempo, de tal manera que no haga falta elaborar un Decreto concreto en cada año olímpico para regular los procedimientos electorales de las federaciones como se venía haciendo hasta ahora. De hecho, su entrada en vigor supone la derogación del desarrollado en el año 2016 para las elecciones de aquel año, y plantea un escenario, de acuerdo con el Consejo Superior de Deportes, en el que las distintas elecciones previstas se celebrarán este año 2020, con independencia de que los Juegos Olímpicos se hayan aplazado a 2021.
De esta forma, la nueva norma pretende dar esa seguridad jurídica a las federaciones a lo largo del tiempo, a la vez que garantizar la celebración de procesos democráticos y representativos en esos procesos electorales. así, el Decreto regula aspectos como la composición de la Asamblea General, los actos preparatorios para el desarrollo electoral, y los plazos, el propio proceso de elección y cuestiones específicas como el voto por correo.
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