Logroño Deporte

    El concejal de Alcaldía, Deportes y Jóvenes y presidente de Logroño Deporte, Javier Merino, ha sido el encargado de anunciar la nueva convocatoria para la temporada 2017-2018, con un incremento de 5.000 euros, hasta alcanzarse los 105.000 euros y que se suman al 1.500.000 euros otorgados en ayudas, convenios y patrocinios.

Las bases para presentar las solicitudes están ya publicadas en el Boletín Oficial de La Rioja y el plazo permanecerá abierto hasta el próximo 13 de noviembre, lo que supone un adelanto de 44 días respecto al año pasado.

 

El Ayuntamiento de Logroño ha informado a través de su concejal de Alcaldía, Deportes y Javier Merino, de la convocatoria de ayudas económicas para el fomento y la promoción deportiva que desde Logroño Deporte se destinarán esta temporada 2017-2018 a los clubes y entidades deportivas de la ciudad. Unas ayudas que en la pasada anualidad beneficiaron con 50.000 euros a siete entidades y sus nueve equipos; también a la organización de actividades y eventos puntuales de 23 entidades que realizaron 35 eventos, destacando la aportación a las actividades que fomentan la práctica del deporte y actividad física entre las personas con discapacidad, con el apoyo a seis entidades y sus diez eventos.

“El objetivo es promover, estimular y apoyar la práctica y la difusión de la actividad física y del deporte. Por ello y dentro de los retos marcados en el ámbito deportivo municipal, desde Logroño Deporte continuamos otorgando cada año estas ayudas a clubes y entidades que tienen como objeto la promoción y práctica del deporte y la actividad física en todos los aspectos, y por ello de nuevo volvemos a apostar incrementado la cantidad aportada en 5.000 euros, elevando el importe hasta los 105.000 euros para esta próxima temporada” ha confirmado con satisfacción, Javier Merino, aumentando así la política de apoyo a los clubes y entidades deportivas para que puedan continuar desarrollando su actividad en la ciudad.

El concejal y presidente de Logroño Deporte, Javier Merino, también ha querido resaltar el adelanto de hasta en 44 días en el plazo para presentar las solicitudes y la importancia que estas ayudan significan para completar el calendario de actividades y eventos para la ciudad: “Gracias a este apoyo a clubes y entidades, Logroño cuenta con una agenda deportiva repleta de eventos que contribuyen a impulsar la práctica del deporte entre los logroñeses, continuando con una apuesta firme por el deporte como elemento educativo y formador en valores como la solidaridad, el esfuerzo y el trabajo, tan necesarios para el desarrollo integral de las personas. En 2016 el plazo para la entrega de solicitudes fue del 2 al 27  de diciembre y en este 2017 ya esta abierto y se cerrará el próximo 13 de noviembre lo que supone un adelanto de  prácticamente un mes y medio”.

La cuantía de las ayudas se repartirá de la siguiente manera:

  • 000 euros para las ayudas destinadas a los clubes y entidades que cuenten con equipos que participen en categoría y competición nacional federada y que desarrollen sus competiciones más allá del ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
  • 000 euros para las ayudas económicas destinadas a la organización de actividades o eventos deportivos puntuales en la ciudad de Logroño.
  • 000 euros para las ayudas destinadas a las actividades que fomenten la práctica del deporte y actividad física entre las personas con discapacidad.

Recordar que además de estas ayudas, Logroño Deporte cuenta con otras líneas de financiación para promover el deporte en la ciudad y apoyar a los clubes: ayudas a clubes y entidades sin ánimo de lucro, convenios por patrocinio y convenios puntuales por servicios o competiciones.

Desde Logroño Deporte se financia también la organización de las actividades deportivas desarrolladas por las Federaciones deportivas riojanas y otras entidades con la colaboración del Ayuntamiento de Logroño y que se incluyen en el programa deportivo municipal y que elevan hasta el millón y medio de euros los otorgados en ayudas, convenios y patrocinios.

Las bases de estas ayudas ya están publicadas  en el BOR (8http://ias1.larioja.org/boletin/Bor_Boletin_visor_Servlet?referencia=6021175-1-PDF-512194) y se ha abierto plazo para presentar las solicitudes hasta el próximo día 13 de noviembre, hasta las 14.00 horas.

Este año, nuevamente, las solicitudes se podrán presentar además de en las oficinas de Logroño Deporte, plaza Chiribitas en horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes y de 17:00 a 19:00 horas de lunes a jueves (excepto festivos), de forma online, a través de la web de Logroño Deporte: http://www.logronodeporte.es/tramites-y-documentos.

 

Bases y Cuantías Económicas

Las bases se dividen en cinco títulos diferentes que recogen el objeto y el ámbito de aplicación de las ayudas económicas de Logroño Deporte; regulan las ayudas destinadas a los clubes y entidades que cuentan con equipos que participan en categoría y competición nacional federada y que desarrollen sus competiciones fuera de La Rioja; regula las ayudas económicas para la organización de actividades o eventos deportivos puntuales; regula las ayudas destinadas a las actividades que fomenten la práctica del deporte y actividad física entre las personas con distintas capacidades. Y por último se establece el procedimiento de concesión, inspección y revisión de la ayuda.

Sistema de puntuación

Las solicitudes presentadas se valorarán atendiendo a los siguientes criterios:

1 Ayudas económicas a Entidades Deportivas que cuenten con equipos que participen en categoría y competición nacional federada y que desarrollen sus competiciones más allá del ámbito de la Comunidad Autónoma de la Rioja.

CRITERIOS DE VALORACIÓN GENERAL DE LA ENTIDAD DEPORTIVA CON LIGA

REGULAR:

 

Sostenibilidad económica de la entidad deportiva. A la vista de la relación de gastos e ingresos presentados, se tendrá en cuenta el volumen de ingresos totales obtenidos por la entidad deportiva provenientes exclusivamente de empresas, entidades privadas, socios o cualquier otro tipo de cuota no proveniente de entidad o administración pública, sobre el total de los ingresos.

 

- Hasta el 10 % del total de ingresos son financiación privada :4 puntos.

- Entre el 11% y 20 % del total de ingresos son financiación privada: 6 puntos.

- Entre el 21% y 40 % del total de ingresos son financiación privada: 8 puntos.

- Más del 40 % del total de ingresos son financiación privada: 12 puntos.

 

Titulaciones y formación de todos los entrenadores de los Técnicos de la Entidad

Deportiva. Por cada titulación oficial reconocida por El Ministerio de Educación, cultura y deporte.

- Licenciado/Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte: 6 puntos.

- Maestro especialidad Educación Física y Técnico superior en Animación de Actividades

Físico Deportivas: 4 puntos.

- Técnico Deportivo Superior (en las disciplinas deportivas reconocidas por el Ministerio). 3 puntos.

- Técnico Deportivo (en las disciplinas reconocidas por el Ministerio). 2 puntos.

 

Titulaciones Federativas

- Entrenador Nivel I: 0,5 puntos

- Nivel II: 1 punto

- Nivel III: 3 puntos

Se puntuará por cada uno de los técnicos correctamente indicados según anexo certificado por el secretario o representante legal de la entidad. Hasta un máximo de 18 puntos.

 

Relación del número de equipos y categorías de todas y cada una de las disciplinas deportivas del club.

 

- Hasta 25 equipos: 7 puntos.

- De 26 a 5o equipos: 8 puntos.

- De 51 a 75 equipos: 9 puntos.

- Más de 75 equipos: 10 puntos.

 

CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LOS EQUIPOS DE LA ENTIDAD DEPORTIVA QUE

CUMPLEN CON LOS REQUISITOS PARTICULARES

 

Categoría de competición, de los equipos que participen en categoría nacional federada y que desarrollen sus competiciones más allá del ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Equipos absolutos/seniors:

 

- Máxima categoría en su modalidad: 70 puntos.

- Segunda categoría en su modalidad: 50 puntos.

- Tercera categoría: 25 puntos.

- Otras categorías: 15 puntos.

 

Para poder otorgar los puntos por cualquiera de las anteriores categorías, es necesario que existan al menos una categoría previa en la misma franja de edad por la que se haya tenido que ascender para llegar a la actual categoría. En el caso de no existir, la puntuación se reducirá a la inmediatamente anterior.

Los puntos de la tabla anterior se aplican para las categorías senior o absoluta. En el caso de categorías inferiores, su máxima categoría corresponderá con la segunda senior, y por tanto obtendrán 50 puntos, la siguiente, si la hubiera, con Tercera y el resto con otras categorías. Este baremo se aplicará exclusivamente al equipo de máxima categoría de entre los presentados por una misma Entidad o Club.

 

Cuantía en desplazamientos en competiciones oficiales. El valor de los puntos entre

parámetros se calculará proporcionalmente.

 

- Hasta 3.000 Km: 0 - 15 puntos.

- De 3.000 a 5.000 Km: 16 - 25 puntos.

- De 5.000 a 9.000 Km: 26 - 45 puntos.

- Más de 9.000 Km: 60 puntos.

- Cada viaje fuera de la Península : 20 puntos.

 

CRITERIOS DE VALORACIÓN GENERAL DE LA ENTIDAD DEPORTIVA SIN LIGA

REGULAR CON COMPETICIONES PUNTUALES DE CARÁCTER NACIONAL

 

Sólo se tendrán en cuenta para su puntuación las competiciones en las que participen deportistas nacidos antes del año 2000 incluido éste, pudiendo quedar excluidos de valoración si se considera que están incursos en una competición escolar y está subvencionada por esa vía la participación en la competición nacional federada. La puntuación máxima posible por competición será de 12 puntos obtenidos de la suma de los siguientes apartados I, II Y III de los criterios de puntuación:

 

Características de la competición nacional: atendiendo a la calidad de la prueba o competición deportiva objeto de la subvención, la categoría (senior o inferior), y el  deporte de referencia:

 

Nivel I: Campeonatos de España (máxima competición de la disciplina deportiva).

Categoría absoluta 8 puntos

Categoría Promesa o similar 6 puntos

Categoría Junior o similar 5 puntos

Categoría Juvenil o similar 4 puntos

 

Nivel II: Resto de competiciones de carácter nacional, que estén dentro del calendario oficial de la federación correspondiente.

Categoría absoluta 1,5 puntos.

Categoría Promesa o similar 1 punto.

Categoría Junior o similar 0,5 puntos.

Categoría Juvenil o similar 0,25 puntos.

 

A la puntuación obtenida se le sumarán atendiendo al deporte los siguientes puntos:

 

1,5 puntos para: Atletismo, Ciclismo, Tenis, Natación.

1 puntos para: Gimnasia Rítmica, Esgrima, Judo, Kárate, Taekwondo, Tiro Olímpico (armas olímpicas), Pelota, Halterofilia, Badminton, Triatlón, Hípica y Tiro con Arco Olímpico.

0,5 puntos para: Aeróbic, Caza, Kickboxing, Montañismo, Tiro Olímpico (armas históricas) Pádel, Pesca, Orientación y Ajedrez.

 

Número de participantes:

A la puntuación obtenida en el apartado I, se le multiplicará por un índice establecido con arreglo al número de participantes en dicha competición y se le sumará a dicha puntuación.

 

Por 1 participante: puntos apartado I x 0,01 y se sumará

Por 2 participantes: puntos apartado I x 0,02 y se sumará

Por 3 participantes: puntos apartado I x 0,03 y se sumará

Y así sucesivamente.

 

Puntuación por desplazamiento a cada competición oficial federada fuera de La Rioja por la cual se pide subvención y se ajusta a los criterios.

 

- Hasta 500 Km: 1 punto.

- De 501 a 1.000 Km: 1,5 puntos.

- De 1.001 a 1.500 Km: 2 puntos.

- Más de 1.500 Km: 3 puntos.

- Cada viaje fuera de la Península: 2 puntos más a la distancia al aeropuerto/puerto.

 

A sumar por tipo de transporte utilizado: por 4-8 participantes en la misma competición y misma categoría que se desplacen en tren, autobús, o vehículo de alquiler, se sumará a los puntos obtenidos por kilometraje, la resultante de multiplicarle x 0,2. Por 9-12 participantes en la misma competición y misma categoría que se desplacen en tren, autobús, o vehículo de alquiler, se sumará a los puntos obtenidos por kilometraje, la resultante de multiplicarle x 0,3. Por 13- 16 participantes en la misma competición y misma categoría que se desplacen en tren, autobús, o vehículo de alquiler, se sumará a los puntos obtenidos por kilometraje, la resultante de multiplicarle x 0,4.

Por más de 17 participantes en la misma competición y misma categoría que se desplacen en tren, autobús, o vehículo de alquiler, se sumará a los puntos obtenidos por kilometraje, la resultante de multiplicarle x 0,6.

 

* Los viajes fuera de la península contabilizarán sólo la distancia hasta el aeropuerto/puerto

de salida.

* Las distancias serán tenidas en cuenta según el mapa de carreteras del Ministerio de

Fomento.

 

2 Ayudas económicas a Entidades Deportivas que fomenten eventos deportivos que complementen, suplan o enriquezcan las actividades deportivas de competencia municipal cuyo fomento y promoción sea aconsejable por razones de interés público.

 

Repercusión, se valorará el número de participantes previstos en el evento deportivo:

 

Participantes en modalidades individuales: Hasta 25, 2 puntos. Desde 26 hasta 50, 4 puntos. Desde 51 hasta 75, 6 puntos: Desde 76 en adelante, 8 puntos.

Participantes en modalidades de equipo: Hasta 50, 2 puntos. Desde 51 hasta 100, 4 puntos. Desde 101 hasta 150, 6 puntos. Desde 151 en adelante, 8 puntos.

 

Modalidad de la prueba, en función si es modalidad individual o de equipo: Internacional: Individual 12 puntos. De equipo 14 puntos; Nacional: Individual 10 puntos. De equipo 12 puntos; Interregional: Individual 5 puntos. De equipo 7 puntos; Regional: Individual 3 puntos. De equipo 5 puntos.

 

Los eventos deportivos de carácter popular e individual dónde puede inscribirse toda persona interesada, sin más limitación que la que pudiera existir por número de plazas ofertadas, edad y género de los participantes, tendrán la siguiente valoración:

 

- Evento para todos los públicos: 4 puntos

- Evento para todos los públicos con limitación de edad o género: 2 puntos

- Evento para todos los públicos con limitación de edad y género. 1 punto

 

Duración real de la prueba (no incluidos los tiempos de preparación, montaje y desmontaje): De 0 a 4 horas: 4 puntos: De 4:01-6:00 horas: 6 puntos. De 6:01-8:00 horas: 8 puntos. De más de 8 horas: 10 puntos.

 

Antigüedad de la prueba: Realizada antes de 1995: 8 puntos. Desde 1995 hasta 2003: 6 puntos. Desde 2004 hasta el 2008: 5 puntos. Desde 2009 hasta 2015: 4 puntos. Desde el 2016 en adelante: 2 puntos.

 

Relación del evento con la ciudad de Logroño y/o región:

- Si se trata de eventos relacionados o realizados en las fiestas más representativas de la ciudad, San Bernabé, San Mateo, Virgen de La Esperanza: 2 puntos.

- Si el nombre de la prueba lleva la denominación de "Logroño": 2 puntos.

- Si se trata de eventos deportivos que promuevan el deporte y ejercicio físico en la ciudad y están incluidos en el circuito carreras de Logroño 2018: 2 puntos.

Hasta un máximo de 6 puntos.

 

Antigüedad de la Entidad solicitante según el siguiente criterio:

- Constituidas antes de 1994: 6 puntos. Desde 1994 hasta 2000: 5 puntos. Desde 2001 hasta el 2003: 4 puntos. Desde 2004 a 2010: 3 puntos. Desde 2011 hasta el 2014: 2 puntos. Desde el 2015 en adelante: 1 punto.

 

Promoción del evento objeto de ayuda:

- Si se trata de eventos deportivos que promuevan el deporte y ejercicio físico de menores de 14 años: 1 punto. Si se trata de eventos deportivos que promuevan el deporte y ejercicio físico de personas mayores de 60 años: 1 punto. Si se trata de eventos deportivos que promuevan la integración y el deporte de personas con discapacidad y de colectivos minoritarios o en riesgo de exclusión. 1 punto. Si realizan eventos deportivos complementarios a la actividad principal por la que se solicita la ayuda. 1 punto. Hasta un máximo de 4 puntos.

 

3 Ayudas económicas para el fomento y la promoción del Deporte y el ejercicio físico en personas con discapacidad.

 

CRITERIOS PARA AYUDAS A ACTIVIDADES DEPORTIVAS ORDINARIAS

 

Hasta 100 puntos

 

- Un proyecto por entidad donde figuren todos los equipos por lo que se solicita ayuda económica.

 

  1. Características de la/s competición/es para la/s que se solicita la ayuda (internacional, nacional, regional), categoría de los deportistas participantes. Hasta 25 puntos.

 

  1. Número de equipos y deportistas participantes de la Entidad para los que solicita la ayuda. Hasta 25 puntos.

 

  1. Calendario de competición y modo de desplazamiento en su caso para poder ser valorados a efectos de kilometraje. Hasta 50 puntos.

 

CRITERIOS PARA AYUDA EVENTO DEPORTIVO

 

Hasta 50 puntos por evento

 

- Un proyecto por cada evento deportivo diferente.

 

  1. Repercusión: se valorará el número de participantes previstos en la actividad, con el siguiente criterio:

 

Participantes en modalidades individuales:

 

- Hasta 20: 2 puntos

- Desde 21 hasta 50: 4 puntos

- Desde 51 hasta 70: 6 puntos

- Desde 71 en adelante: 8 puntos

 

Participantes en modalidades de equipo:

 

- Hasta 40: 2 puntos

- Desde 41 hasta 70: 4 puntos

- Desde 71 hasta 100: 6 puntos

- Desde 101 en adelante: 8 puntos

Modalidad de la prueba, en función si es modalidad individual o de equipo:

 

- Internacional: Individual 12 puntos. De equipo 14 puntos

- Nacional: Individual 10 puntos. De equipo 12 puntos

- Interregional: Individual 5 puntos. De equipo 7 puntos

- Regional: Individual 3 puntos. De equipo 5 puntos

Los eventos deportivos de carácter popular e individual dónde puede inscribirse toda persona interesada, sin más limitación que la que pudiera existir por número de plazas ofertadas, edad y género de los participantes, tendrán la siguiente valoración:

 

- Evento para todos los públicos: 4 puntos

- Evento para todos los públicos con limitación de edad o género: 2 puntos

- Evento para todos los públicos con limitación de edad y género. 1 punto

 

Duración real de la prueba (no incluidos los tiempos de preparación, montaje y desmontaje):

 

- 0 a 4 horas: 4 puntos

- 4:01-6:00 horas: 6 puntos

- 6:01-8:00 horas: 8 puntos

- Más de 8 horas: 10 puntos

 

Antigüedad de la prueba:

 

- Realizada antes de 1995: 8 puntos

- Desde 1995 hasta 2003: 6 puntos

- Desde 2004 hasta el 2008: 5 puntos

- Desde 2009 hasta 2015: 4 puntos

- Desde el 2016 en adelante: 2 puntos

 

Relación de la prueba con la ciudad de Logroño y/o región: Hasta un máximo de 4 puntos.

 

- Si se trata de eventos relacionados o realizados en las fiestas más representativas de la ciudad, San Bernabé y San Mateo: 2 puntos

- Si el nombre de la prueba lleva la denominación de "Logroño": 2 puntos.

 

Antigüedad de la Entidad solicitante según el siguiente criterio:

 

- Constituidas antes de 1994: 6 puntos

- Desde 1994 hasta 2000: 5 puntos

- Desde 2001 hasta el 2003: 4 puntos

- Desde 2004 a 2010: 3 puntos

- Desde 2011 hasta el 2014: 2 puntos

- Desde el 2015 en adelante: 1 punto

 

Promoción de la actividad: hasta 4 puntos

 

- Si realizan Actividades complementarias a la actividad principal por la que se solicita la ayuda. 1 punto

- Si el objeto y desarrollo del evento está destinado fundamentalmente a personas con una discapacidad superior al 33%. 2 puntos.

 

Sistema de garantías

 

Los técnicos de Logroño Deporte cuentan con facultades inspectoras que les permitirán, una vez concedidas las ayudas económicas y en cualquier momento desde su concesión, realizar las comprobaciones que estimen necesarias respecto de la actividad objeto de la ayuda, con acceso a toda la documentación justificativa de la misma, y, en particular, respecto a los siguientes extremos: el correcto destino de la ayuda económica, la presentación en tiempo y forma de los justificantes, el falseamiento de datos o la modificación de los fines para los que se concedió la ayuda económica, el cumplimiento de los compromisos publicitarios asumidos por los beneficiarios frente a Logroño Deporte, S.A..

 

El pago de las ayudas se efectuará al  beneficiario por parte de Logroño Deporte de  la siguiente manera: El 50% de la ayuda concedida se abonará dentro de los treinta días naturales posteriores a la fecha de la Resolución definitiva de concesión de la ayuda del Consejo de Administración de Logroño Deporte, S.A. El restante 50% se transferirá una vez justificado de forma correcta el 100% de la ayuda concedida en la forma prevista según las bases reguladoras de la concesión de ayudas económicas para el fomento y la promoción deportiva.